Los requisitos para constituir empresa en el salvador dependen del tipo de sociedad que elija. Hay tres figuras vigentes en 2026: la SA (Sociedad Anónima), la SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada) y la SAS (Sociedad por Acciones Simplificada, Decreto 905). Esta guía detalla qué necesita para cada una, paso a paso.
Requisitos para constituir empresa en el salvador: documentos por tipo
| Requisito | SA / SRL | SAS |
|———–|———-|—–|
| Escritura notarial | ✅ Obligatoria | ❌ No requerida |
| Socios mínimos | 2 | 1 |
| Capital mínimo | $2,000 | $1 |
| Verificar nombre en CNR | ✅ Sí | ✅ Sí |
| DUI / pasaporte socios | ✅ Obligatorio | ✅ Obligatorio |
| NIT personal socios | ✅ Obligatorio | ✅ Obligatorio |
| Cheque certificado 5% capital | ✅ Sí ($100 mínimo) | ❌ No |
| Firma electrónica | ❌ No requerida | Presencial o electrónica |
| Fees CNR inscripción | $11.40 (capital $2,000) | $0 (hasta dic 2026) |
| Matrícula de empresa | $91.43 | $0 (hasta dic 2026) |
| Tiempo aproximado | 3–5 semanas | 3–7 días hábiles |
Documentos personales de los socios
Socios salvadoreños
Los socios personas naturales salvadoreñas deben presentar:
- DUI vigente (original y fotocopia)
- NIT personal (fotocopia)
- Solvencia municipal del municipio de domicilio
La solvencia municipal es un requisito que muchos omiten al planificar el proceso. Obtenerla puede tardar 1–3 días hábiles en el municipio correspondiente.
Socios extranjeros
Para personas naturales extranjeras:
- Pasaporte vigente (original y fotocopia)
- Carnet de residencia (si tienen residencia en El Salvador)
- NIT personal salvadoreño — si no lo tienen, puede tramitarse simultáneamente en el Ministerio de Hacienda. Costo: $2.00. Tiempo: hasta 5 días hábiles.
Los documentos emitidos en el exterior que se presenten ante autoridades salvadoreñas deben estar apostillados y, si no están en español, con traducción oficial al español.
⚠️ Un extranjero puede ser socio sin necesidad de visa de residencia. El Art. 357 del Código de Comercio no exige domicilio en el país para ser accionista. Sin embargo, la empresa debe tener un representante legal con presencia física en El Salvador.
Socios que son empresas (personas jurídicas)
Si uno de los socios es otra empresa (local o extranjera):
- Copia certificada de su escritura de constitución
- Credenciales del representante legal autorizado para firmar
- Cualquier modificación a estatutos debidamente inscrita
- Si es empresa extranjera: documentos apostillados + traducción
Requisitos sobre el nombre de la empresa
Antes de ir al notario, el nombre debe verificarse. El Registro de Comercio no inscribirá una denominación que ya esté en uso ni nombres similares que puedan causar confusión.
Cómo verificar disponibilidad
- Portal en línea del CNR: consulta gratuita e inmediata
- Plataforma CreaEmpresa.gob.sv (también para SAS)
- Recomendación: llegue con 3 opciones de nombre en orden de preferencia
Reglas del nombre según tipo societario
El nombre debe incluir el tipo de sociedad de forma obligatoria:
| Tipo | Denominación obligatoria |
|---|---|
| Sociedad Anónima de Capital Variable | S.A. de C.V. |
| Sociedad Anónima | S.A. |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada | Ltda. de C.V. |
| Sociedad por Acciones Simplificada | S.A.S. |
Nombres que impliquen actividades reguladas sin autorización (ejemplo: “Banco X”, “Seguros Y”) no serán aprobados sin la licencia previa del ente correspondiente (SSF, BCR).
El objeto social: qué puede incluir
El objeto social describe a qué se dedicará la empresa. Bajo el Art. 22 del Código de Comercio, la SA puede tener un objeto social amplio — y es recomendable hacerlo así para evitar modificaciones costosas en el futuro.
Práctica recomendada
Los notarios experimentados incluyen una cláusula que autoriza a la sociedad a “realizar cualquier actividad comercial, industrial o de servicios lícita”, más la enumeración de las actividades principales concretas. Esto evita modificar los estatutos si la empresa diversifica en el futuro.
Actividades que requieren licencia previa
Algunas actividades no pueden simplemente declararse en el objeto social sin autorización previa:
| Actividad | Ente regulador |
|---|---|
| Bancos y financieras | Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) |
| Seguros y fianzas | SSF |
| Telecomunicaciones | SIGET |
| Servicios médicos y farmacias | Ministerio de Salud |
| Exportación/importación de armas | Ministerio de Defensa |
| Bebidas alcohólicas | Ministerio de Hacienda (licencia especial) |
El capital social: ¿cómo se demuestra?
SA y SRL: 5% al momento de firmar
Para una SA o SRL con capital mínimo de $2,000, se requiere:
- El capital queda declarado en la escritura — no se necesita cuenta bancaria previa
- Al momento de firmar, debe aportarse el 5% del capital mediante cheque certificado de un banco salvadoreño ($100 para capital mínimo)
- El 95% restante puede pagarse dentro del primer año desde la constitución
Problema práctico: la empresa no tiene cuenta bancaria cuando se constituye. La solución habitual es que el abogado facilite el mecanismo del cheque. Trabaje con un despacho con experiencia en este proceso.
SAS: sin cheque, sin mínimo real
Para la SAS, el capital de $1 no requiere cheque certificado. El pago efectivo del capital declarado puede realizarse dentro de los 2 años siguientes al registro. Se acepta aporte en efectivo, bienes o servicios.
Proceso completo: SA de C.V. paso a paso
Consulte gratis en el portal e.cnr.gob.sv o en CreaEmpresa. Prepare 3 opciones.
Costo: $0 | Tiempo: inmediato
DUI/pasaporte + NIT personal + solvencia municipal de cada socio. Socios extranjeros: pasaporte apostillado.
Costo: variable (solvencia municipal $3–$10) | Tiempo: 1–3 días
El notario redacta la escritura constitutiva: socios, capital, objeto social, administración y estatutos. Una escritura simple (2 socios, objeto genérico) puede estar lista en 1–2 días.
Costo: honorarios notariales $300–$1,000 | Tiempo: 1–3 días
Los socios firman ante el notario. El notario presenta la escritura al Registro de Comercio. Se pagan derechos de inscripción (Art. 66 LRC): $11.40 para capital $2,000.
Costo: $11.40 (inscripción) + $91.43 (matrícula) + $17.14 (balance) | Tiempo: 5–15 días hábiles
Con la escritura inscrita (sello del CNR), se tramita el NIT de persona jurídica y el NRC para IVA. El NIT digital puede obtenerse en línea; el NRC requiere presencia.
Costo: $0 | Tiempo: 1–5 días hábiles
Obligatorio si va a contratar empleados. Trámite gratuito en cada institución.
Costo: $0 | Tiempo: 1–3 días hábiles
Con escritura inscrita + NIT, abra la cuenta empresarial. Contrate un contador antes de emitir la primera factura — desde el mes 1 hay obligación de declarar IVA (Form. F-07).
Costo: $0–$50 (apertura bancaria) + $100–$300/mes (honorarios contables)
Proceso para la SAS: mucho más rápido
La SAS se constituye por formulario electrónico en el CNR (plataforma CreaEmpresa.gob.sv) bajo el Art. 305-A del Código de Comercio — sin notario y con fees de $0 hasta el 31 de diciembre de 2026. El proceso resumido:
- Verificar nombre en CNR online
- Completar formulario de constitución SAS en CreaEmpresa.gob.sv
- Firmar: presencialmente en el CNR (tiempo ~3 días hábiles) o con firma electrónica certificada vía internet (~7 días hábiles)
- NIT/NRC automático si el trámite se hace vía CreaEmpresa integrado
- Listo para operar
Para la vía 100% en línea se requiere Firma Electrónica Certificada, que emite el CVPCPA (~$36.50, válida 2 años) o el BCR. ⚠️ Confirmar costos exactos vigentes en firmaelectronica.minec.gob.sv.
Para más detalle sobre la SAS, vea nuestra guía completa de SAS en El Salvador: Decreto 905.
Errores comunes al reunir los requisitos para constituir empresa
El proceso de constitución de empresa en El Salvador falla con más frecuencia por documentación incompleta que por razones legales complejas. Un error de documentación puede costar desde $50 (trámite repetido) hasta semanas de retraso. Estos son los más comunes:
Error 1: Solvencia municipal vencida o del municipio incorrecto
La solvencia municipal debe corresponder al municipio de domicilio del socio, no al municipio donde va a operar la empresa. Si el socio vive en San Salvador pero presenta solvencia de otro municipio, el notario no puede proceder.
Error 2: DUI vencido del representante legal
El DUI del representante legal que va a firmar la escritura — o del apoderado — debe estar vigente al día de la firma. Un DUI vencido invalida el acto.
Error 3: No verificar el nombre antes de llegar al notario
Llegar al notario con un nombre que ya está en uso en el CNR obliga a repetir el proceso desde el inicio. La consulta en e.cnr.gob.sv toma 2 minutos y es gratuita. Hágala antes.
Error 4: Objeto social demasiado restrictivo
Un objeto social que solo dice “venta de ropa” impide a la empresa hacer cualquier otra actividad sin modificar la escritura — lo que tiene costo notarial y registral adicional. La práctica correcta es incluir el giro principal más una cláusula general que permita “cualquier actividad lícita”.
Error 5: No tramitar la solvencia tributaria del socio
Algunos notarios solicitan adicionalmente que los socios demuestren estar al día con sus obligaciones tributarias personales. Aunque no es un requisito expreso de la escritura, es una práctica preventiva de algunos despachos para evitar problemas futuros con la inscripción.
Error 6: Socios extranjeros sin apostilla
Si un socio extranjero envía documentos desde su país (escritura de su empresa, poder notarial), esos documentos deben llegar apostillados y, si no están en español, traducidos oficialmente. Documentos sin apostilla no tienen validez ante el Registro de Comercio.
Error 7: No preguntar qué incluye el paquete notarial
Algunos despachos cobran solo la escritura. Otros incluyen: gestión CNR, apertura de libros contables, NIT, y hasta orientación tributaria del primer mes. Saber qué incluye evita costos inesperados.
¿Tiene todos los requisitos? Le ayudamos a verificar
Antes de iniciar el proceso, consulte con nuestro equipo. Una revisión previa de sus documentos evita retrasos y costos innecesarios.
Requisitos para empresas en sectores regulados
Algunas actividades requieren autorización previa de un ente regulador antes de que la empresa pueda operar — aunque la inscripción en el CNR no lo exija. Constituir la empresa sin estas licencias puede resultar en cierre por parte del organismo competente:
- Servicios financieros (crédito, ahorro, intermediación): autorización de la SSF antes de captar fondos del público
- Servicios de salud (clínicas, farmacias, laboratorios): registro en el Ministerio de Salud
- Importación de alimentos y medicamentos: URSAC y OCA del Ministerio de Salud
- Venta de alcohol: licencia del Ministerio de Hacienda
- Agencias de seguridad privada: Ministerio de Justicia y Seguridad Pública
Si su empresa pertenece a alguno de estos sectores, el proceso de constitución es el mismo — pero debe iniciar los trámites de licencia en paralelo o incluso antes.
Obligaciones post-constitución: las que nadie menciona
Constituir la empresa es solo el inicio. Desde que existe el NIT, la empresa tiene estas obligaciones:
| Obligación | Entidad | Periodicidad | Consecuencia de incumplir |
|---|---|---|---|
| Declaración IVA (F-07) | Hacienda | Mensual | Multa + intereses |
| Pago a cuenta ISR (1.75%) | Hacienda | Mensual | Multa + intereses |
| Declaración ISR anual | Hacienda | Abril | Multa + embargo |
| Balance general | CNR | Anual | Cancelación matrícula |
| Renovación matrícula empresa | CNR | Anual ($91.43) | Cancelación de inscripción |
| Planilla ISSS y AFP | ISSS / AFP | Mensual (si hay empleados) | Responsabilidad patronal |
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los requisitos para constituir una empresa en El Salvador?
Para una SA: DUI/pasaporte de cada socio (mínimo 2), NIT personal, solvencia municipal, nombre verificado en CNR, definición del capital ($2,000 mínimo) y objeto social. El notario redacta la escritura. Para la SAS: los mismos documentos personales, pero el proceso es vía formulario electrónico en el CNR sin escritura notarial, con capital desde $1.
¿Cuántos socios se necesitan para constituir una empresa en El Salvador?
SA y SRL requieren mínimo 2 socios. La SAS (Decreto 905) permite un solo socio — es la única figura unipersonal con responsabilidad limitada en El Salvador.
¿Puede un extranjero constituir empresa en El Salvador?
Sí, sin necesidad de residencia. El extranjero puede ser accionista con pasaporte vigente (apostillado si el documento se emite en el exterior). La empresa debe tener un representante legal con presencia física en El Salvador bajo el Código Tributario.
¿Necesito un notario para constituir una empresa?
Para SA y SRL: sí, es obligatorio. La escritura pública de constitución tiene que ser redactada y autenticada por notario. Para la SAS: no — el proceso es completamente electrónico en el CNR.
¿Cuánto capital necesito para constituir una empresa en El Salvador?
SA y SRL: mínimo $2,000, de los cuales el 5% ($100) debe aportarse mediante cheque certificado al momento de firmar la escritura. SAS: capital mínimo de $1. Para información de costos totales, consulte nuestra guía sobre cuánto cuesta constituir empresa en El Salvador.
¿La EIRL existe en El Salvador?
No. La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) no existe en El Salvador. La SAS (Decreto 905, vigente desde febrero 2024) cumple la función equivalente para negocios unipersonales.
¿Puedo usar un “notary public” de EE.UU. para documentos de la constitución?
No. Para cualquier documento que deba tener validez legal en El Salvador, el instrumento debe ser otorgado ante el Cónsul salvadoreño en EE.UU. Un “notary public” estadounidense no tiene equivalencia jurídica para este propósito.
¿Cuánto tiempo toma el proceso completo?
Para una SA de C.V.: 3–5 semanas desde la consulta inicial hasta obtener NIT. Para una SAS: 3–7 días hábiles. El paso más lento en ambos casos es la inscripción en el Registro de Comercio (5–15 días hábiles para SA/SRL; inmediato para SAS con CNR integrado).
¿Listo para constituir su empresa? Le guiamos paso a paso
Nuestro equipo gestiona el proceso completo — desde la verificación del nombre hasta la obtención del NIT. Cuéntenos su caso.
