Meta Title: SA, SRL o SAS en El Salvador: ¿Cuál Tipo de Empresa Elegir?
Meta Description: Compara SA, SRL y SAS en El Salvador: capital, socios, costos e impuestos. La EIRL no existe en El Salvador. Guía legal 2026 para elegir el tipo correcto.
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SA vs SRL vs SAS: Tipos Empresa El Salvador — Comparativa Legal 2026
Los tipos empresa El Salvador (SA, SRL y SAS) son los tres que importan en la práctica en 2026: la Sociedad Anónima (SA, $2,000 capital mínimo, desde 2 socios), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL, $2,000, máx. 25 socios) y la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS, $1, desde 1 socio), conforme al Código de Comercio. La SA domina para empresas medianas y grandes; la SRL sirve a grupos pequeños cerrados; y la SAS es la opción para emprendedores individuales y startups desde el 11 de febrero de 2024 (Decreto 905). La EIRL no existe en El Salvador — la SAS unipersonal la reemplaza.
– Los 6 tipos de sociedad que reconoce el Código de Comercio de El Salvador
– Por qué solo 3 importan en la práctica: SA, SRL y SAS
– La EIRL no existe en El Salvador — qué figura la reemplaza
– Tabla comparativa con 12 criterios: capital, socios, costos, impuestos
– Cuándo conviene cada tipo según su perfil de negocio
– Diferencias fiscales reales entre persona natural y persona jurídica
En El Salvador existen tres tipos de empresa relevantes en 2026: la Sociedad Anónima (SA), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). La SA es la dominante para empresas medianas y grandes; la SRL conviene para grupos pequeños de hasta 25 socios; y la SAS permite a un solo emprendedor constituir su empresa desde $1 y en 1 día sin notario, conforme al Decreto Legislativo N° 905 vigente desde el 11 de febrero de 2024. Elegir el tipo equivocado antes de iniciar operaciones puede significar responsabilidad personal ilimitada sobre las deudas de la empresa — un riesgo que la mayoría de emprendedores desconoce.
Estos son los tipos de empresa en El Salvador que cualquier empresario debe conocer antes de constituir una empresa en El Salvador. El Código de Comercio reconoce seis tipos de sociedad en total, pero tres de ellos están en desuso práctico. La EIRL no existe en El Salvador — la SAS unipersonal la reemplaza desde 2024.
Los tipos de empresa en El Salvador: guía según el Código de Comercio
El Código de Comercio de El Salvador (Art. 73 y siguientes) reconoce formalmente seis tipos de sociedad en El Salvador. Conocer los tipos de sociedad El Salvador disponibles es el primer paso antes de constituir su empresa. Sin embargo, la práctica comercial en 2026 muestra una concentración casi total en tres figuras, mientras que las otras tres han caído en desuso por sus limitaciones operativas.
| Tipo de sociedad | Base legal | Capital mínimo | Socios | Uso en 2026 |
|---|---|---|---|---|
| Sociedad en Nombre Colectivo (SNC) | Arts. 73–92 CC | No especificado | Mín. 2 | Desuso |
| Sociedad en Comandita Simple | Arts. 93–100 CC | No especificado | Mín. 2 | Desuso |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL / Ltda.) | Arts. 101–125 CC | $2,000 | Mín. 2, Máx. 25 | Moderado |
| Sociedad Anónima (SA / SA de C.V.) | Arts. 191–295 CC | $2,000 | Mín. 2 | Dominante |
| Sociedad en Comandita por Acciones | Arts. 296–305 CC | ~$2,000 | Mín. 2 | Desuso |
| Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) | Arts. 305-A+ CC (Decreto 905) | $1 | Mín. 1 | Creciente |
Tipos en desuso: por qué ya nadie los usa
La Sociedad en Nombre Colectivo (SNC) obliga a todos los socios a responder con su patrimonio personal ante las deudas de la empresa — responsabilidad ilimitada que ningún empresario moderno acepta voluntariamente. La Sociedad en Comandita Simple combina socios con responsabilidad ilimitada (gestores) y socios limitados (capitalistas), una estructura arcaica que complica la toma de decisiones. La Sociedad en Comandita por Acciones tiene el mismo problema estructural pero con emisión de acciones, lo que la hace redundante frente a la SA.
En la práctica, estas tres figuras son históricas. Los abogados de empresa en El Salvador ya no las recomiendan para constituciones nuevas.
¿Existe la EIRL en El Salvador?
No. La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) no está contemplada en el Código de Comercio de El Salvador ni en ninguna ley vigente a 2026. Es una figura que existe en otros países de Latinoamérica (Chile, Perú, Costa Rica) pero nunca fue adoptada en El Salvador.
La figura más cercana a la EIRL en El Salvador es la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) unipersonal, creada por el Decreto Legislativo N° 905, vigente desde el 11 de febrero de 2024. Una SAS puede constituirse con un único socio, desde $1 de capital y sin necesidad de notario. Si alguien le ofrece constituirle una “EIRL” en El Salvador, no es una figura legal válida.
Sociedad Anónima (SA / SA de C.V.) — Arts. 191–295 del Código de Comercio
La Sociedad Anónima es el tipo societario dominante en El Salvador para empresas medianas, grandes y cualquier negocio que necesite acceso a crédito bancario, licitaciones públicas o múltiples accionistas. La variante más usada es la SA de Capital Variable (SA de C.V.), regulada por el Art. 191 al 295 del Código de Comercio, con capital mínimo de $2,000.
Características principales:
| Criterio | SA / SA de C.V. |
|---|---|
| Capital mínimo | $2,000 |
| Socios mínimo | 2 |
| Socios máximo | Sin límite |
| Responsabilidad | Limitada al capital aportado |
| Órgano de administración | Junta Directiva (mínimo 3 miembros) |
| Cotización en bolsa | Posible |
| Vía de constitución | Notario + CNR |
| Tiempo de constitución | 10–15 días hábiles |
¿Por qué casi todos hacen SA de C.V. en lugar de SA de capital fijo?
Ventajas:
– Estructura más reconocida por bancos, proveedores internacionales y entidades públicas
– Puede emitir acciones y tener múltiples clases de accionistas (preferentes, comunes)
– Sin límite de socios — ideal para empresas en crecimiento
– Capital variable: ajuste sin reformar escritura
Limitaciones:
– Requiere al menos 2 socios fundadores (no permite unipersonal)
– Administración más formal: Junta Directiva, libros societarios, actas
– Mayor costo de constitución vs SAS — aproximadamente $2,641–$3,091
La SA de C.V. es la opción predeterminada cuando la empresa necesita credibilidad institucional desde el primer día. Bancos, instituciones públicas y proveedores internacionales la reconocen como la figura estándar del mercado salvadoreño. Si planea acceder a crédito empresarial, participar en licitaciones gubernamentales o incorporar socios inversionistas en el futuro, la SA de C.V. es la estructura que abre más puertas.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL / Ltda.) — Arts. 101–125 del Código de Comercio
La sociedad responsabilidad limitada El Salvador (SRL o Ltda.) es la opción para grupos pequeños y cerrados de socios: familias, asociaciones profesionales (médicos, arquitectos, consultores), o socios que quieren estructura formal pero sin la complejidad de una Junta Directiva. Regulada por el Art. 101 al 125 del Código de Comercio de El Salvador, con capital mínimo de $2,000 y máximo de 25 socios.
Características principales:
| Criterio | SRL / Ltda. |
|---|---|
| Capital mínimo | $2,000 |
| Socios mínimo | 2 |
| Socios máximo | 25 (Art. 106 CC) |
| Responsabilidad | Limitada a la cuota aportada |
| Órgano de administración | Gerente o Junta de Socios |
| Emisión de acciones | No (cuotas de participación, no acciones) |
| Vía de constitución | Notario + CNR |
| Tiempo de constitución | 10–15 días hábiles |
¿Cuándo conviene una SRL?
– Grupos familiares con 2 a 10 socios que no prevén crecimiento agresivo
– Sociedades profesionales donde la identidad de los socios importa (la cuota no es transferible libremente como una acción)
– Negocios que no necesitan emitir acciones ni acceder a mercados de capitales
Limitación clave: Las cuotas de la SRL no son libremente transferibles — cualquier cesión requiere aprobación de los demás socios (Art. 109 CC). Esto protege la intimidad del grupo pero limita la entrada de nuevos inversionistas.
La SRL es la figura preferida para firmas de profesionales (médicos, arquitectos, contadores), negocios familiares y sociedades donde la identidad del socio importa tanto como el capital. A diferencia de la SA, donde las acciones pueden transferirse libremente a cualquier tercero, las cuotas de la SRL requieren aprobación de los socios existentes para cualquier cesión. Esa restricción es a la vez su mayor ventaja y su principal limitación.
Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) — Decreto 905, Arts. 305-A en adelante
La SAS es la figura más reciente del Código de Comercio de El Salvador y la más importante innovación societaria del país en décadas. Fue creada por el Decreto Legislativo N° 905, incorporado al Código de Comercio el 11 de febrero de 2024. Está regulada por los Arts. 305-A y siguientes del Código de Comercio.
Características principales:
| Criterio | SAS |
|---|---|
| Capital mínimo | $1 (sin pago inicial exigido en el primer año durante vigencia de Decreto 905) |
| Socios mínimo | 1 (unipersonal posible) |
| Socios máximo | Sin límite |
| Responsabilidad | Limitada al capital aportado |
| Órgano de administración | Representante Legal (flexible) |
| Emisión de acciones | Sí (acciones de la SAS, no cotizables en bolsa) |
| Vía de constitución | 100% en línea via SIEMP (sin notario) |
| Tiempo de constitución | 1 día (proceso automatizado) |
Restricciones de la SAS (Art. 305-M CC):
– No puede cotizar sus acciones en bolsa de valores
– No puede realizar intermediación financiera (bancos, aseguradoras, casas de cambio)
– No puede emitir obligaciones negociables al público
¿Cuándo conviene una SAS?
– Emprendedores individuales que quieren formalizar su negocio con costo mínimo
– Startups en etapa inicial que necesitan operar rápido
– Pequeños negocios que no prevén emitir acciones ni acceder a bolsa
– Freelancers o consultores que quieren protección de responsabilidad limitada
La SAS transformó el panorama empresarial salvadoreño desde febrero de 2024. La posibilidad de constituir una empresa desde $1, en un día, sin notario y de forma completamente digital eliminó la barrera de entrada para emprendedores que antes operaban como persona natural asumiendo responsabilidad ilimitada. Para negocios unipersonales, startups y freelancers que quieren facturar con persona jurídica, la SAS es hoy la opción más eficiente disponible en El Salvador. Consulte los requisitos completos para constituir una empresa en El Salvador.
Guía rápida — ¿cuál tipo conviene?
Emprendedor individual · Startup inicial · $1 capital · 1 día · sin notario
Grupo familiar · 2 a 25 socios · Cuotas protegidas · Sociedad cerrada
Empresa mediana o grande · Acceso a crédito · Sin límite de socios · Cotización en bolsa
Tabla comparativa completa: SA vs SRL vs SAS en El Salvador
La siguiente tabla resume los 12 criterios clave que diferencian los tres tipos de empresa vigentes en El Salvador. El factor más determinante es el número de socios y el presupuesto: un solo socio con capital desde $1 apunta a la SAS, mientras que dos o más socios que necesitan estructura bancaria apuntan a la SA de C.V. con $2,000 de capital mínimo. El ISR del 25% aplica igual para los tres — la forma societaria no cambia la carga tributaria.
| Criterio | SA / SA de C.V. | SRL / Ltda. | SAS |
|---|---|---|---|
| Capital mínimo | $2,000 | $2,000 | $1 |
| Socios mínimo | 2 | 2 | 1 |
| Socios máximo | Sin límite | 25 (Art. 106 CC) | Sin límite |
| Responsabilidad | Limitada | Limitada | Limitada |
| Constitución vía | Notario + CNR | Notario + CNR | En línea (SIEMP) |
| Tiempo constitución | 10–15 días | 10–15 días | 1 día |
| Costo aprox. constitución | $2,641–$3,091 | $2,641–$3,091 | $1–$50 |
| Emisión de acciones | Sí (cotizables) | No (cuotas) | Sí (no cotizables) |
| Cotización en bolsa | Posible | No | No |
| ISR (tasa) | 25% | 25% | 25% |
| Banco: apertura de cuenta | Fácil | Moderado | Disponible (consulte con su banco) |
| Licitaciones públicas | Aceptada | Generalmente aceptada | Varía según institución |
| Recomendada para | Empresas medianas/grandes | Grupos familiares | Startups, emprendedores |
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¿Hay diferencia en impuestos entre SA, SRL y SAS?
No. Desde el punto de vista del Impuesto sobre la Renta (ISR), los tres tipos de sociedad tributan exactamente igual: 25% sobre las utilidades netas, conforme al Art. 37 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de El Salvador.
La diferencia tributaria real no está entre los tipos de sociedad, sino entre operar como persona natural (empresario individual) versus persona jurídica (cualquier tipo de sociedad):
| Estructura | Tasa ISR | Observación |
|---|---|---|
| Persona natural (empresario individual) | Progresiva hasta 30% | Art. 37 LISR — tasas por tramos |
| SA / SA de C.V. | 25% fijo | Art. 37 LISR — tasa para personas jurídicas |
| SRL / Ltda. | 25% fijo | Art. 37 LISR — tasa para personas jurídicas |
| SAS | 25% fijo | Art. 37 LISR — tasa para personas jurídicas |
Para un empresario con ingresos netos superiores a $22,857 anuales, la tasa del 25% como persona jurídica es más conveniente que las tasas progresivas hasta 30% como persona natural. Esta es una de las razones prácticas más importantes para constituir una empresa en El Salvador.
¿Cuál de los tipos de empresa en El Salvador conviene según su perfil?
→ **SAS** — Desde $1, en 1 día, sin notario. Ideal para validar el modelo antes de invertir en estructura formal.
**Perfil 2 — Grupo familiar o socios conocidos (2–10 personas):**
→ **SRL** — Protege la identidad del grupo. Las cuotas no se transfieren libremente. Más íntima que la SA.
**Perfil 3 — Empresa en crecimiento, acceso a crédito, múltiples accionistas:**
→ **SA de C.V.** — La más reconocida por bancos, proveedores e instituciones. Permite capital variable y acciones.
**Perfil 4 — Proyecto que necesita levantar capital o cotizar en bolsa:**
→ **SA** — Única opción que permite cotización en bolsa de valores y emisión pública de obligaciones.
Obligaciones que son iguales para todos los tipos de empresa en El Salvador
Independientemente de si se constituye una SA, SRL o SAS, las obligaciones post-constitución son prácticamente idénticas: IVA 13%, ISR 25%, planilla ISSS/AFP si hay empleados, y renovación de matrícula de empresa antes del 31 de enero de cada año (Art. 437 CC). La SAS no es una empresa con obligaciones reducidas — es una persona jurídica plena.
Inscripción en el IVA — Ministerio de Hacienda
Si los ingresos proyectados superan $5,714.29 anuales (Art. 28 Ley del IVA). Aplica por igual para SA, SRL y SAS. Tasa: 13% sobre ventas gravadas.
Registro de empleados — ISSS y AFP
Antes de la primera planilla. Las cotizaciones son idénticas para empleadores de cualquier tipo de sociedad. La SAS NO está exenta de estas obligaciones.
Contabilidad formal desde el primer día (Art. 437 CC)
Obligación igual para SA, SRL y SAS. La SAS no es una “empresa light” — es una persona jurídica plena con todas las responsabilidades fiscales y contables.
Matrícula de empresa anual — CNR
Renovar antes del 31 de enero de cada año. La exoneración del primer año para SAS (Decreto 905) aplica solo al año de constitución — a partir del segundo año, la matrícula debe renovarse y pagarse normalmente.
Declaración de renta anual — 30 de abril
ISR del 25% sobre utilidades netas. Período fiscal: 1 enero al 31 de diciembre. Aplica igual para SA, SRL y SAS. Sin distinción de forma societaria para el cálculo del impuesto.
Errores comunes al elegir el tipo de empresa en El Salvador
Corregir el tipo de sociedad después de constituida implica una transformación societaria que toma entre 15 y 30 días hábiles con honorarios de $500–$900 más derechos del CNR. Acertar con el tipo correcto antes de iniciar operaciones evita ese costo y demora.
Error 1: Constituir SA cuando bastaba una SAS
Muchos emprendedores constituyen una SA (costo: $2,641+) cuando una SAS ($1) sería suficiente para su etapa inicial. Si el negocio no necesita Junta Directiva formal ni tiene más de 1 socio, la SAS es la opción correcta. Consultar con un abogado corporativo en El Salvador antes de elegir el tipo evita este gasto innecesario.
Error 2: Asumir que la EIRL existe en El Salvador
La EIRL no existe en El Salvador. Si un trámitador o abogado le ofrece constituir una “EIRL” en El Salvador, está en un error. La SAS unipersonal es la única figura de empresa individual con responsabilidad limitada que existe en el país desde el 11 de febrero de 2024.
Error 3: No prever el límite de socios de la SRL
Constituir una SRL y luego crecer hasta necesitar más de 25 socios obliga a una transformación societaria costosa. Si existe posibilidad de que el número de socios supere este límite, conviene constituir directamente una SA.
Error 4: Confundir registrar empresa con proteger la marca
Registrar el nombre de la empresa en el CNR (Centro Nacional de Registros) NO protege la marca comercial. Para eso existe el registro de marca ante el ISPI (Instituto Salvadoreño de la Propiedad Intelectual). Son dos trámites distintos y ambos son recomendables.
Preguntas frecuentes: tipos de empresa en El Salvador
¿La EIRL existe en El Salvador?
No. La EIRL no existe en El Salvador. El Código de Comercio no contempla esta figura. La alternativa equivalente es la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) unipersonal, creada por el Decreto Legislativo N° 905 (Art. 305-A CC), vigente desde el 11 de febrero de 2024. Una SAS unipersonal permite a una sola persona constituir su empresa con responsabilidad limitada desde $1 y sin notario. Si alguien le ofrece constituir una “EIRL” en El Salvador, es un error legal.
¿Puede un extranjero ser único socio de una empresa en El Salvador?
Sí, sin restricciones. Un extranjero puede constituir cualquier tipo de sociedad en El Salvador —incluyendo ser el único socio de una SAS— conforme al Art. 5 del Código de Comercio de El Salvador. Necesita documento de identidad vigente (pasaporte o DUI si tiene residencia) y NIT personal ante el Ministerio de Hacienda. Si se encuentra fuera del país, los documentos pueden tramitarse a través del consulado salvadoreño de su país de residencia. Consulte el proceso en nuestra guía de trámites legales desde el exterior.
¿Qué diferencia hay entre SA y SA de C.V.?
La SA de capital fijo (rara vez usada) tiene un capital que solo puede modificarse reformando la escritura de constitución, un proceso costoso que puede tardar 2–4 semanas. La SA de Capital Variable (SA de C.V.) tiene un capital mínimo fijo y un tramo variable que puede aumentarse o reducirse por resolución de Junta General sin reformar la escritura, conforme al Art. 191 y siguientes del Código de Comercio. Por esta flexibilidad, prácticamente el 100% de las empresas medianas y grandes en El Salvador se constituyen como SA de C.V.
¿La SAS puede tener empleados y facturar?
Sí. La SAS es una persona jurídica plena desde el momento de su inscripción en el CNR. Puede contratar empleados, facturar, abrir cuenta bancaria (algunos bancos tienen procesos específicos para la SAS — confirme disponibilidad directamente con su banco), inscribirse en el IVA y, en la mayoría de casos, participar en licitaciones públicas. Sus obligaciones fiscales son idénticas a las de cualquier otra sociedad: ISR 25%, IVA 13%, planilla ISSS/AFP y declaración anual de renta.
¿Conviene transformar una SAS en SA cuando el negocio crece?
Solo si la empresa alcanza las restricciones del Art. 305-M del Código de Comercio: necesidad de cotizar en bolsa, intermediar financieramente, o emitir obligaciones negociables al público. Si ninguna de esas condiciones aplica, la SAS puede crecer indefinidamente sin necesidad de transformación. La transformación implica escritura notarial, acuerdo de todos los socios, re-inscripción en el CNR y costos similares a una constitución nueva (aproximadamente $500–$900 más derechos CNR).
¿Cuánto tiempo tarda transformar una SRL en SA?
La transformación requiere escritura pública notarial con acuerdo de todos los socios, inscripción en el Registro de Comercio del CNR y obtención de nueva matrícula. El proceso toma entre 15 y 30 días hábiles y tiene un costo similar a una constitución nueva. Este es el principal argumento para elegir correctamente el tipo de sociedad desde el inicio, en lugar de asumir que cambiar de tipo será sencillo.
¿La SRL puede tener solo 1 socio?
No. La SRL requiere mínimo 2 socios conforme al Código de Comercio de El Salvador (Arts. 101–125 CC). Para una empresa unipersonal con responsabilidad limitada, la única opción en El Salvador es la SAS (desde 1 socio, Decreto 905, vigente desde 11/02/2024). Si necesita operar como persona individual con protección de responsabilidad limitada, la SAS es su única alternativa legal en El Salvador.
¿Todos los tipos de empresa pagan el mismo IVA?
Sí. El Impuesto al Valor Agregado del 13% aplica por igual para SA, SRL y SAS (y también para personas naturales inscritas). La obligación de inscripción como contribuyente de IVA se activa cuando los ingresos anuales proyectados superan $5,714.29, conforme al Art. 28 de la Ley del IVA de El Salvador. Esta obligación existe desde el primer año, sin importar el tipo de sociedad elegido.
Para elegir el tipo de empresa correcto para su proyecto y completar el proceso sin errores, contacte a Guillén & Guillén Asociados. Asesoramos en constitución de empresas desde San Ignacio, Chalatenango, con más de 35 años de experiencia en derecho mercantil.
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